6Reflexões acerca do tratamento e escolarização de crianças psicóticas author indexsubject indexsearch form
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On-line ISBN 978-85-60944-08-8

An 6 Col. LEPSI IP/FE-USP 2006

 

Psicoanálisis, Infancia y legalidad*

 

 

Mercedes Minnicelli**

 

 


RESUMEN

En este escrito presentaremos una introducción al análisis teórico – clínico – institucional que liga a los términos infancia y legalidad desde la perspectiva del psicoanálisis. Se tratará de analizar cómo se socavan las bases para el sostén intergeneracional de institución de infancia - en tanto metáfora del sujeto - a través de cuatro ejes de análisis de la cuestión, que nos permiten arribar a la hipótesis Infancia en Estado de Excepción.

Palabras claves: Psicoanálisis - Infancia – Legalidad – Derechos del niño, niña y adolescentes – Estado de excepción.


 ABSTRACT 

In this paper we will present an introduction to the theoretical analysis-clinical-institutional that ties to the terms childhood and legality from the perspective of the psychoanalysis. It will be about analyzing how the bases are tunneled for the intergenerational support of childhood institution - as long as metaphor of the subject - through four axes of analysis of the question that allow us to arrive to the hypothesis Childhood in State of Exception.

Keywords: Psychoanalysis – Infancy – Legality – Children’s Law – State of Exception


 

 

Infancia, significante en falta de significación

Infancia es un término polisémico, de amplia circulación en nuestros tiempos, al cual otorgaremos estatuto de significante1. En ese sentido, será considerada como categoría formal, no ontológica.

En tanto significante opera en el hablante y se hace presente en dichos y decires (Nasio 1994) dando qué hablar, y también qué callar.

En este sentido no podemos dejar de interrogarnos ¿de qué “infancia” se habla? Su polisemia2 nos convoca a abrir el abanico de significaciones tanto en las distintas disciplinas que lo toman como objeto de estudio como, en los diferentes sentidos que adopta

a) según se lo adjetive: Infancia abandonada, infancia perdida, infancia pobre, infancia rica, infancia instituida, infancia destituida; infancia judicializada; infancia pública; infancia burguesa; infancia proletaria; infancia moderna; infancias...;

b) según se predique sobre ella, en tanto sujeto de la oración.   

Como objeto de estudio, ha despertado amplio interés académico y político en la última década, baste recorrer los temarios de Jornadas y Congresos especializados e interdisciplinarios. Sin embargo, nos interroga la diversidad de puntos de vista que cada disciplina aborda y nos permite afirmar que decir infancia no tiene la misma significación para todos, generándose diversidad de abordajes posibles.

Dicha polisemia, no sólo abre el campo a las controversias, sino, acompaña al término desde los tiempos en que tenemos registro del pensamiento occidental. Amén de ello, bien sabemos que aún no se resuelven los problemas que afectan a “eso” que generalmente se llama infancia, cuando se homologa el término a niño/a.

En este sentido, entendemos que no es posible describir e inscribir a los niños  y niñas por fuera del universo simbólico vehiculizado por el lenguaje a través de discursos y prácticas de época, que definen y posicionan a las nuevas generaciones respecto de... Otro y de otros; incluso en nuestros tiempos.

Cualquiera sea(n) la(s) “historia(s) de infancia” sólo será posible analizarlas inmersas en sus propias constelaciones significantes; otorgadas por la biografía en lo singular y por las proyecciones sociales que en cada época han sostenido ideales, costumbres, mitos, rituales, juegos, saberes y regulaciones (filosóficas, políticas, jurídicas, culturales, míticos, religiosos, económicos, científicos, tecnológicos), invistiendo de significación a las nuevas generaciones humanas.

Llamaremos en términos genéricos ficciones o imaginarios a dichas proyecciones sociales, diferenciándolas del registro topológico de lo imaginario en el sentido que Lacan le otorga en el seminario sobre La lógica del fantasma.

La infancia no se deja apresar en concepto unívoco alguno. Infancia, en tanto significante, oficia de clave que hacer entrar en juego la polisemia.

En su autonomía el propio término, al ser escuchado, resuena en la singularidad biográfica, es decir para cada uno significa de modo diferente, al disparar el juego de la lógica del significante; es decir que infancia activa el movimiento de la cadena en la remisión a lo reprimido de la propia infancia.

En el discurso social – académico o no – resulta de difícil aprehensión una definición unificada de eso a lo cual se llama infancia, habilitando diferentes derivas discursivas y epistemes.

A su vez, infancia generalmente es homologada a niño3. Sin embargo, no tienen ambos conceptos en sentido estricto la misma connotación. Infancia y niño sólo son homologables en sentido general si consideramos a la infancia como un ciclo de la vida en términos cronológicos.

Los niños y las niñas están sujetos a las variantes históricas de significación que los imaginarios de época promoviendo a lo largo de los tiempos dichos y decires4 de infancia y sobre la infancia, presentes en discursos y prácticas que enuncian discontinuidades y continuidades en los modos de ubicar a la niñez en distintos tiempos históricos y, en diversos discursos disciplinares.

Más allá de las variaciones posibles en los imaginarios de época en tanto marcas que definen momentos, signos que podemos identificar como corte sincrónico en la continuidad diacrónica; en tanto acontecimientos que también estuvieron sujetos al juego significante de infancia - expresado en discursos y prácticas hablantes y silentes sobre la infancia, sobre la niñez, sobre los niños y las niñas -, en su repetición, aquello que se repite es único, es uno y se abre con ese uno un conjunto de repeticiones por venir, que darán cuenta del juego de lo uno y de lo múltiple.

Dichos y decires puestos en la relación significante, expresan la tensión entre lo viejo y lo nuevo; entre tradición e innovación; entre continuidades y discontinuidades históricas que han estado y siguen estando presentes.

De un modo u otro, al momento en que se escriben estas páginas, no podemos desestimar el valor que representa que hoy la infancia, busca ser hablada y ese estallido quizás se parezca más aún a un monólogo paralelo que a la búsqueda cierta de significaciones a partir de las cuales podamos, además de hablar, hacer algo que redunde en la disminución del sacrificio5 innecesario al cual se ofrecen y, son ofrecidas las nuevas generaciones humanas.

En este sentido, renovamos un interrogante fudamental en nuestros tiempos ¿Qué es la infancia desde que existe en el discurso el psicoanálisis?

 

Infancia y Lenguaje

Giorgio Agamben (2003/1998 y 2001), le otorga a la noción de infancia, otro estatuto que aleja discursivamente la perspectiva de la infancia como invención moderna.

Se dirige a la partitura freudiana sobre los sueños; identifica así la infancia del hombre con el inconsciente de Freud (como instancia psíquica) y lo inconsciente (como lo reprimido primordial), ubicándose – tal como lo hiciera Lacan – en la lectura del texto freudiano desde la lingüística de Benveniste.

Plantea que Infancia y Lenguaje parecen remitirse mutuamente en un círculo donde la infancia es el origen del lenguaje y el lenguaje, el origen de la infancia (ibid: 66). Justamente en ese círculo sea quizás donde debamos buscar el lugar de la experiencia en cuanto infancia del hombre.

Para el filósofo italiano contemporáneo, la infancia instaura en el lenguaje la escisión entre lengua y discurso que caracteriza de manera exclusiva y fundamental al lenguaje del ser humano. Escisión que, siguiendo a Benveniste, se plantea entre lo semiótico y lo semántico; entre sistema de signos y discurso. La infancia, la experiencia trascendental de la diferencia entre lengua y habla, le abre por primera vez su espacio a la historia.

Por eso Babel, es decir, la salida de la pura lengua edénica y el ingreso en el balbuceo de la infancia (cuando el niño, según dicen los lingüistas, forma los fonemas de todas las lenguas del mundo), es el origen trascendental de la historia...

Operación subjetiva que se renueva y, cada nuevo niño deberá atravesar, experimentar, a la vez que allí se abre una hiancia donde la fantasía y la imaginación, el fantasear y el imaginar, tendrán un papel preponderante en tanto producciones humanas de experiencia6.         

Será en este sentido que no pueda considerase a la historia como un progreso continuo de la humanidad hablante a lo largo del tiempo lineal. La historia es, en esta perspectiva, esencialmente intervalo, discontinuidad, epokhé. Lo que tiene su patria originaria en la infancia debe seguir viajando hacia la infancia y a través de la infancia.

La puesta en relación de los términos infancia y lenguaje que propone Giorgio Agamben y, la pespectiva del psicoanálisis respecto a la relación del deseo a la ley nos permiten promover las siguientes hipótesis de trabajo:

La infancia - en tanto significante - es al lenguaje, lo que el deseo a la ley.

La infancia es y será un significante siempre en falta de significación.

La institución de infancia por el lenguaje, deja como saldo un vacío inaugural, abriendo la hiancia para la constitución del fantasma como modo de respuesta subjetiva en la relación del sujeto al Otro7.

La posición tomada implica la renuncia a la lógica de progreso – que ha caracterizado a los últimos siglos al pensamiento hegemónico contemporáneo – para dar lugar a otra lógica, aquella que responde a la legalidad del inconsciente y, a las operatorias de inscripción social - ceremonial - de la ley como ordenadora de la subjetividad.

Consideramos desde Lacan al inconsciente estructurado como un lenguaje, regido por las leyes de metáfora y metonimia. Inconsciente que instituye el lenguaje al instituir infancia, marcando la diferencia entre lo semiótico y lo semántico, entre lengua y habla. Así como la ley hace al deseo, lo crea; el lenguaje hace a la infancia, la crea al instituirla en la diferencia.

El soporte de este pasaje, lo otorga la operatoria subjetiva de la castración en el Otro, la cual se sujeta a las vicisitudes y accidentes singulares, implicando para cada nuevo cachorro humano, en tanto objeto a en el fantasma del Otro, ir constituyendo su fantasma, que no es más que la respuesta singular que el sujeto se da a la pregunta por el deseo del Otro ¿Qué quiere el Otro de mí? (Amigo, S. 2005).

Esta pregunta, singular y subjetiva, requiere de marcos sociales, que se objetivan en ceremonias que ofician como Otro social, Tercero Social de la Palabra en el decir de Legendre.

En nuestros tiempos, lo que llamamos formas ceremoniales o simplemente ceremonias, se configuran desde el aparataje burocrático institucional construido en tiempos modernos, instaladas en los circuitos legitimadores administrativo – burocráticos que ordenan el funcionamiento del sistema. Ello nos lleva a definirlos como instancia discursiva clave donde se encuentra el texto que nos permite hacer de él discurso.

 

Infancia y legalidad

Entonces, si la infancia es al lenguaje, lo que el deseo a la ley, podemos plantearnos la condición de posibilidad de la relación de la infancia a la ley a través de las operatorias colectivas de institución de infancia y de los modos de otorgar marcos de legalidad.

Debemos distinguir la inscripción de la legalidad subjetiva de la letra del texto jurídico para poder ubicar la tensión posible entre la una y la otra.

Se trata de la cuestión de la relación del sujeto al Otro, portador del tesoro de significantes, portador de la legalidad de la cultura; es decir Otro – Tercero social de la palabra (Legendre) - vehículo del universo simbólico en el cual la cuestión de la infancia opera.

Eso llamado sociedad, dirá Legendre, se sostiene en los montajes instituciones que normativizan ficciones y ofrecen el marco social simbólico de producción de subjetividad.

En este sentido, las cuestiones vinculadas a las legislaciones e instituciones modernas sobre los menores de edad, se han mimetizado con las improntas de la ley encarnada en una paternidad fallida, tal el caso del patter, institución jurídica del Derecho romano que condensa en la figura del padre los dos principios fundantes de la ley jurídica de occidente: propiedad y paternidad.

Ambos principios no sólo no sólo homologables, sino que, su consolidación ha producido severas consecuencias subjetivas y colectivas tales que, desplazando la función de la ley en la estructura en tanto vacío instituyente, pretendieron a cambio de ello, completar ese lugar y ser la ley, es decir, encarnarla y no representarla.

La disyunción entre la letra de la ley y, la aplicación de la misma por parte de los representantes judiciales, presenta una distancia que posibilita un margen de discrecionalidad y arbitrariedad que merece su examen, en tanto las decisiones oficiarán de hecho como ley más allá de la letra del derecho.

Cualquiera sean las formas de totalitarismo seguirá estos principios, de los cuales a pesar de las profundas transformaciones acaecidas desde aquellos tiempos, nuestra contemporaneidad no es ajena, aunque sus formas de presentación se presenten de manera lejana, formas de sujeción en la relación a un Otro no barrado, no atravesado por la ley del no-todo-es-posible.

Cuáles son los montajes de la filiación en nuestros tiempos; cuál es el andamiaje simbólico donde transita eso llamado filiación es un eje que abordaremos en tanto desde el marco del psicoanálisis, no puede hablarse de filiación sin ingresar en el complejo campo del amor y la identificación en su relación a la legalidad del lenguaje y la metáfora del sujeto.

Si la infancia, es producto de la institución del lenguaje que sostiene los montajes de la filiación, una pregunta insoslayable será la que oriente hacia los efectos paradojales de la inscripción en el orden jurídico del concepto de niño/a como sujeto de derecho. ¿Es posible desmontar la filiación simbólica sujetando a las nuevas generaciones, filiándolos imaginariamente al derecho8?

Paradojas que posibilitan admitir la des-afiliación a una genealogía que ordene los montajes de la filiación, desplazándola a una anomia9  - jurídica, que pone en evidencia la tiranía del Otro social a través de diversidad de ficciones teóricas que desvían la posibilidad de otorgar siquiera cierta eficacia simbólica al límite jurídico que la misma letra de la Convención internacional por los derechos del niño impone. 

El énfasis en las transformaciones subjetivas cuando de infantiles sujetos se trata; el énfasis en las transformaciones tecnológicas actuales, lleva al extremo de posibillitar connotar a Niño como concepto inconexo de cualquier filiación y, por ende inscripto en el texto jurídico como de-sujetado a la filiación y, por ende de la ley de la cultura - la prohibición del incesto y, de las formas de intercambio que ella regula.

Esta paradoja se produce en el mismo marco jurídico que enuncia el derecho del niño y la niña a un nombre y una nacionalidad, aunque nada dice respecto a quien debe nombrar en ausencia de padres que inscriban a aquellos que se encuentran en estado de des-afiliación inicial, pudiendo ser un NN jurídico por tiempos prolongados.

Entendemos que nos hallamos ante un desvanecimiento del soporte intergeneracional, desplazado a la sujeción supuesta a derecho aunque de hecho sostenido y justificado por supuestos disciplinares que apuntan a la destitución de las operatorias que puedan inscribir un orden genealógico, filiatorio, al linaje propio a lo humano, constituido e instituido por el lenguaje.

Queda así un espacio anómico donde no hay quien responda por los actos del niño y de la niña desde la más temprana edad y, a su vez, no hay a quien dar cuentas, no hay a quien responder por los propios actos como Otro significativo. Producto de ello – del lado del niño y niña – las preguntas que suponemos como constitutivas de la relación al Otro se transforman. Ya no será la pregunta por ¿qué quiere el Otro de mí? sino ¿a quién le importa lo que haga? y/o ¿qué más debo hacer para ser tenido en cuenta?.

Desde esta posición, cuáles son las condiciones de posibilidad de la operatoria de inscripción, de sujeción del infantil sujeto a la ley, a la cultura, ante el supuesto desfallecimiento del Otro, ante el supuesto desfallecimiento de la eficacia simbólica de la ley y sus efectos concomitantes, la producción de desamparo subjetivo.  En este sentido, los enunciados legislativos reflejan el costado ilusorio de la ley.

La pregunta que se impone es si resulta posible para la continuidad humana en la cultura estar des-afiliada intergeneracionalmente, es decir no ser la infancia, institución del lenguaje. Como corolario de lo anterior, de las operatorias subjetivas entre la experiencia del infantil sujeto y su posibilidad de constituirse como sujeto en lazo social, en la cultura.

¿Cuál es la relación – de haberla – entre los problemas que siguen afectando a los niños y el proyecto del cientificismo moderno? Proyecto de cuya eficacia, en nuestros días, no podemos tener dudas. Asistimos a sus verdaderas consecuencias cuando se pretende sea admitida la “destitución” de la experiencia y, por ende, destituida la experiencia, destituida la infancia, lo real emerge sin velo alguno.

 

Señales de alerta de las nuevas generaciones en tiempos de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

No nos detendremos en las cifras de desnutrición infantil ni en los índices de  mortalidad que son por demás elocuentes de la manifiesta tolerancia de los Estados – en tiempos de paz – al infanticidio. En tiempos de guerra es obvia la cuestión. En sí misma, la Convención internacional por los derechos del niño, representa admitir e intentar mitigar la posibilidad de matanza generalizada de niños como fueron las guerras mundiales. Ejemplos sobran. También las guerras responden y afianzan los avances tecnológicos. No se trata de polaridades sino de un circuito donde las guerras forman parte del mismo sistema económico – político10.

Nos referiremos a formas contemporáneas más sutiles aunque no menos eficaces que nos indican los efectos de la deriva subjetiva, de des-sujeción en la cual sucumben las nuevas generaciones.

Los niños, niñas y adolescentes nos dan pruebas elocuentes de ello:

En las dificultades que exponen cuando se presentan, se nos presentan y son presentados como desatados, des-acatados, cuando no locos, sin límites, violentos y, fundamentalmente, sin palabras. Al modo de cuerpos pulsionales, habitan los diversos escenarios suponiéndoseles ausencia de respuesta a la mirada, a la voz, a la palabra. Se los describe violentos, aproximándose entre sí en un cuerpo a cuerpo que carece de registro de dolor, de límite, de riesgo. Los actos a los cuales los niños pueden precipitarse, dejan sin palabras.

En el sin límite al cual llegan a sucumbir cuando de tóxicos se trata. Tomar a morir es una expresión común entre adolescentes que merece ser interrogada, no detectando que son tomados por los diferentes tóxicos.

En la disposición de los adolescentes por la participación en fiestas – bajo el modo de rituales – en los cuales el descontrol – como ellos le llaman – de alguna manera esté garantizado, aún exponiéndose a la muerte.

En la emergencia de crímenes protagonizados por niños de corta edad.

En el sin límite, se muestra y oculta de manera simultánea un ideal contemporáneo: matar la muerte (Adorno).

Tampoco puede pasarnos inadvertida ni la atracción que ejercen en niños y adolescentes los juegos virtuales multiplayer en red, a los cuales juegan sin límite; ni la oferta de niños en los programas televisivos quienes son llevados por sus padres y expuestos a actuar como otrora lo hicieran los bufones del rey. 

En general, leemos que la forma de enunciar el problema es desde una posición de Otro espectador que desliga al niño a) tanto de la delimitación de lo permitido y de lo prohibido (ya que el sin límite se presenta de modo equivalente al todo vale), b) como de la tensión intergeneracional que sostiene las operaciones propias a la subjetivación, dándole marco y soporte a la misma.

No puede entonces asombrarnos la forma de actuar de los niños aunque sí nos convoca a avanzar en la reflexión, en búsqueda de narrativa que nos permita hacer visible la solidaridad íntima entre los montajes institucionales y las formas ceremoniales contemporáneas de sostén de la inscripción de las nuevas generaciones en la cultura con la lógica del mercado. Vínculo íntimo que deja a las nuevas generaciones sujetas a la legalidad imaginaria-ilusoria del consumo mercantil.

Una conclusión inicial podría decir que la supremacía de legalidad social de regulación de los intercambios, en la llamada era del mercado, pretendiendo el todo vale como modo hegemónico de direccionar la vida contemporánea, socava las condiciones de posibilidad de subjetivación, las cuales requieren del establecimiento de diferencias, de delimitación de lo permitido y lo prohibido; gestándose una especie de desujeción subjetiva favorecedora de accidentes en los movimientos propiciatorios de la constitución del fantasma.

Sin embargo, nos planteamos que esa afirmación no es suficiente en tanto entendemos se trata de un fenómeno más complejo que no puede definirse sino por sobredeterminación de la alienación en el Otro, exceso de presencia que no deja espacio para el  interjuego alienación - separación. Ello se encuentra alterado.

La sobredeterminación es producto del desplazamiento del sostén de la función de la legalidad de lo simbólico hacia lo ilusorio-imaginario; desanudando su eficacia simbólica, por la presencia de ficciones que han permitido y favorecido el desvanecimiento del soporte de la legalidad social intergeneracional necesario para dar rienda suelta a la lógica del mercado. Lo real, queda así a la deriva en la pretensión de ser capturado por la regla11.

Lacan plantea cómo el nuevo integrante de la especie humana, será precipitado a la tensión entre lo real y lo simbólico. Ingreso posible mediante el ser alojado como objeto de deseo materno o de alguien. Para ser alojado en algún lugar, se requiere de una vacancia, de una falta, de un vacío. No hay posibilidad de subjetivación si el viviente no ingresa en un primer momento a este mundo en tanto objeto a respecto del deseo de Otro. Ser investido como objeto de deseo, es el modo de ingreso en el universo simbólico portado por el Otro, tesoro de significantes, sujeto a la legalidad de la cultura. Desde ese lugar se inicia el proceso de alienación – separación, habilitándose entre presencia – ausencia (ya desde la mítica vivencia de satisfacción freudiana) el interjuego entre demanda y deseo.

Ahora bien, presentará sus accidentes - cualquiera sea la forma en que ellos se manifiesten - si el niño permanece en su relación al Otro como objeto a, alienado al deseo del Otro.

En este sentido, más allá de los accidentes propios al encuentro originario – desde la mítica vivencia de satisfacción freudiana el objeto está perdido y en la búsqueda de lo mismo el sujeto se encuentra con lo distinto -, debemos considerar lo que Assoun (2001/1999:23 y sig) designa como mal encuentro originario o encuentro desafortunado o, encuentro desventurado, donde la instalación del trauma produce ese efecto de sensación de destino que desliga al sujeto de su posibilidad de tejer la red significante que relance al sujeto a una metaforización de la herida que le causara el perjuicio inicial y, acote lo gozoso de la compulsión a la repetición.

El decir del sujeto sería en este caso: si todo ya se cómo va a ser porque estoy signado por el destino, entonces, que valga todo si total… lo peor ya sucedió.

El destino se presenta como sagrado origen que se proyecta a un siempre fue y siempre será así, puesto a prueba en cada nueva ilusión, que desde ya, acerca de manera inefable al desencanto renovado una y otra vez.

En este sentido, podemos leer en el comportamiento infantil, la respuesta reflejada a una orden que les llega desde un lugar Otro, manifestándose en actos, su lugar derivado y a la deriva pulsional ante Otro que se presenta a amarrado al enaltecimiento de saberes que deniegan de la experiencia.

Tal como plantea Agamben (2003/2001 y 1978) la expropiación de la experiencia estaba implícita en el proyecto fundamental de la ciencia moderna.

Debemos indagar en lo que se enuncia en diversos y numerosos estudios y análisis dentro del psicoanálisis y fuera de él, como declive de la función paterna; el declinar del Otro; el desvanecimiento del Otro, confundiéndose en diversos casos la ley y el Otro con el padre de carne y hueso en el marco de la familia moderna y, a la función paterna o bien con el patter, o bien con la norma o con quien la encarna; cuando no, con la ausencia física del padre o con la ausencia de padre a secas cuando se trata de mujeres a cargo de sus hijos.

Nos atrevemos a enunciar que esta impronta que ubica el énfasis en el desfallecimiento del Otro que desaloja al niño, que des-afilia a las nuevas generaciones no es azaroso sino efecto y producto de la confluencia – como el cauce de un río que recibe aguas de diversos afluentes, sin poder distinguir, más que en su cruce de dónde provienen las unas y las otras - de la eficacia simbólica de discursos y prácticas que han alimentado, y alimentan la expropiación de la experiencia. El supuesto fin de la infancia está dado en, y, por, su solidaridad con la lógica de la racionalidad científico – económico moderna.

Lo que hallamos como punto coincidente entre dichas presentaciones y nuestra perspectiva, refiere a una percepción generalizada en el rebajamiento del sostén de los límites de los adultos respecto de los niños.

Sin embargo y paradojalmente, se trata de los límites fallidos que la matriz simbólico - jurídica y sus montajes institucional no asigna a los adultos respecto del uso discrecional de los cuerpos infantiles. 

 

Niños – Niñas y adolescentes sujetos de derecho

La categoría jurídica niño – niña – adolescente sujeto de derecho, des-afiliada de la genealogía es efecto claro de esta posición de las nuevas generaciones en la matriz simbólico – jurídica del discurso de época.

En tanto sujetos de derecho, queda una hiancia para definir que niños, niñas y adolescentes se encuentran en condiciones de responder jurídicamente y de manera tempranamente por sus actos y, por ende, no hay responsabilidad de nadie por lo que ellos hacen o dejan de hacer.

Las fauces del Otro voraz que los requiere para el circuito económico alentador de paidofilia y prostitución infantil; la imputabilidad penal, civil y comercial de los menores está fallidamente habilitada.

Paradojalmente, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, y derivando de ella, la nueva ley sobre protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, pareciera generar una nueva discrecionalidad jurídica; un terreno propicio a la arbitrariedad en la legalidad social respecto a las nuevas generaciones que llega a denegar incluso, de la prohibición del incesto..

Las guerras del siglo xx han sido el campo propicio de desarrollo tecnológico y científico a partir de la excusa bélica en un marco de supuesta legitimidad de totalitarismos – incluso democráticos - cuyas improntas subjetivas merecen ser tenidas en cuenta. Debemos entonces considerar que el desfallecimiento del Otro, la ineficacia simbólica de la ley, también debe responder a modos de producción histórico-sociales que están requiriendo esclarecimiento.

Que este fenómeno de desvanecimiento del sostén de las nuevas generaciones se encuentre ampliamente generalizado, no es sin consecuencias sociales, educativas, económicas, jurídicas y, no podemos atribuir exclusivamente la causalidad a las transformaciones tecnológicas del siglo XX ya que, también ellas, son producto de una ubicación del lugar de la moralidad social transferida a Otro quien, bajo la forma del estado de derecho, no ha hecho más que darle lugar de hecho, a la suspensión de la ley, en el intento por encarnarla.

Nos detendremos en el intento de esclarecimiento de los modos de producción subjetiva a partir de la consistencia atribuida a ese Otro, promovida por la creencia de vivir en Estado de Derecho cuando, de hecho, es la suspensión del derecho – en el marco del mismo - lo que rige las decisiones que encarna ese Otro social y los montajes institucionales.

Necesariamente ingresamos en el campo de la lógica de las creencias y del fenómeno imaginario del fascinum, de la mistificación y de la operatoria subjetiva inherente a la desmitificación como pasaje entre uno y otro tempo.

Resultado de dicha operatoria, será la caída del Otro de su lugar enaltecido, dejando un resto y un vacío instituyente de la diferencia entre los unos y los otros, en tanto reconocimiento de la incompletud, de la falta en el Otro, haciendo posible la renuncia narcisística que habilita el lazo social.

Entonces la paradoja del texto de la ley intentará ser fundamentada y esclarecida en el tránsito que se formule de la teoría a la praxis; de la aplicación de la norma al caso.

El supuesto fin de la infancia encuentra solidaridad discursiva con los preceptos promovidos por la lógica de la racionalidad científico – económico moderna. Caldo de cultivo para la de-sujeción del sostén simbólico de las nuevas generaciones, que nos interesa especialmente determinar en tanto se declara de manera simultánea la protección integral de derechos del niño, niña y adolescente con este desvanecimiento del soporte inter -generacional.

Sin embargo, no pareciera ser lo uno causa de lo otro. Es decir, que no podemos establecer una relación de causalidad entre la declaración de los derechos del niño/a y el desvanecimiento del Otro. Entonces alguna respuesta posible al problema deberá encontrarse en otro lugar. 

Resultará prioritario, poder detectar el punto donde ha detentado eficacia la confusión entre ley y moralidad; entre expresión de deseos y goce; entre el límite que el lenguaje impone en tanto sujetos parlantes y, la violencia arbitraria a la cual – en tanto generación – esos Otros que desfallecen han estado sometidos y, de la cual no se advierten que no es la ley lo que somete sino, justamente, su ausencia y, de un modo diferente su arbitrariedad.

El desfallecimiento del Otro, la ineficacia simbólica de la ley, esa especie de desvarío subjetivo, no produce más que aliento a la magia de la creencia en que es posible que las nuevas generaciones se produzcan subjetivamente sin sostén de aquellas que las preceden.

Si esa especie de desvarío subjetivo se presenta ampliamente generalizado respecto de una generación de adultos que puede aceptar la renuncia al sostén de la subjetivación de su prole, nos debemos dirigir a otro orden de la cuestión que nos permita comprender la actualidad y, determinar los márgenes de posibilidad de operar en ella, de interferir en dichos procesos, de hecho y de derecho desencadenados. 

 

Infancia en Estado de excepción

Agamben (2004) entiende que, para comprender la actualidad, debe analizarse el viejo concepto de Estado de Excepción, a partir del cual construye el paradigma que da nombre a la suspensión del derecho en el marco del derecho por parte de los gobernantes. 

Analizar la noción jurídica de estado de excepción y, del iustitium que debatieran a principio de siglo XX Walter Benjamín y Carl Schmitt, es fundamental para detectar los efectos de una filosofía política que no ha sido sin consecuencias para la humanidad, como es haber otorgado condición de posibilidad y racionalidad jurídica al nazismo.

El estado de excepción, se ubica entre la anomia y el derecho. Y la disputa, que analiza el filósofo italiano entre W. Benjamín y C. Schmitt tiene lugar en una misma zona de anomia que, por una parte, se pretende sea mantenida a cualquier precio en relación con el derecho y, por otra parte, debe ser igualmente disuelta y librada de esa relación.

A esta disputa, la considerará Agamben una gigantomaquia en torno a un vacío.

El problema se presenta cuando el estado de excepción deviene la regla, lo cual, pareciera haber hecho perder absolutamente el rumbo a la cultura de Occidente.  

El estado de excepción es un espacio anómico en el que se pone en juego una fuerza-de-ley-sin-ley (que se debería escribir: fuerza de ley): Una fuerza-de-ley semejante, en la cual la potencia y el acto son separados radicalmente, es ciertamente así como un elemento místico o, sobre todo, una fictio a través de la cual el derecho busca anexarse la propia anomia. Pero cómo es posible pensar tal elemento místico y de qué modo actúa en el estado de excepción es exactamente el problema que es preciso intentar aclarar (Agamben, G. 2004:81)

Entendemos que lo que se presenta en la singularidad del caso como desfallecimiento del Otro, lo que se presenta como ineficacia simbólica de la ley social en el anudamiento subjetivo, incluso, la paradoja que representa la noción de niño sujeto de derecho, se condensa en la metáfora que proponemos como tesis: Infancia en estado de excepción definiendo a un tiempo los efectos histórico-sociales en la operatoria subjetiva.

Esta metáfora nos remite y renueva el interrogante freudiano respecto a lo singular y lo colectivo, haciendo fluir y escribiendo la impronta del orden social en la singularidad, en un movimiento de ida y vuelta que permite encontrar el sostén singular proyectado en lo colectivo.

Las formas de resolución de cada infancia producida en estado de excepción, quedan sujetas a la singularidad del caso.

La infancia en estado de excepción es solidaria de la operatoria de expropiación de la experiencia. La expropiación de la experiencia es posible por la eficacia de la objetivación de discursos y prácticas en circuitos de intercambio legitimadores (Bourdieu) que – otorgándole carácter de natural y necesario – mistifican ficciones.

Dichas ficciones sostenidas a su vez por el discurso de la Academia, sea bajo la forma de ilusiones (psico) pedagógicas; sea bajo la forma de derechos (¿del niño?), sea bajo la forma de la invención de nuevas infancias y adolescencias; sea bajo la fórmula del mercado, sea bajo la forma de la cultura de la imagen, operan eficazmente favoreciendo la desligadura de las nuevas generaciones, dejándolos en el más absoluto desamparo subjetivo al no habilitar la intromisión de la cultura, desligando – para obtener eficacia – al sujeto de la enunciación de las filiaciones y genealogías que dan fundamento a esas teorías que son presentadas como máximas, de las cuales se deducen nuevos imperativos que llegan a denegar de la ley de prohibición del incesto.

Resulta casi patético (pathos) reconocer, en nuestros tiempos, cómo el infantil sujeto, en busca de deseo de deseo y, en su afán de hallar Otro que le otorgue el auxilio que requiere en su desvalimiento, queda capturado en la arbitrariedad, como partenaire impecable de aquel que lo requiere para satisfacer su libertad de goce.

Infancia en estado de excepción se define entonces como una posición posible de relación del sujeto a la ley en la cual no termina de producirse la operatoria de institución de infancia producto de la des-mitificación del Otro. A dicha posición le corresponden nuevas generaciones en banda12

 

Bibliografía

1. Agamben, Giorgio (2003/1997 y 2001). Infancia e Historia. Buenos Aires: Adriana Hidalgo.

2. Agamben, Giorgio (2004). Estado de excepción. Buenos Aires: Adriana Hidalgo. 3. Agamben, Giorgio (2005) Profanaciones. Buenos Aires: Adriana Hidalgo.

4. Assoun, Paul-Laurent (2001/1999) El perjuicio y el Ideal. Hacia una clínica social del trauma. Buenos. Aires: Nueva Visión.

5. Bourdieu, Pierre (1999). Meditaciones Pascalianas, Barcelona: Anagrama. 

6. de Lajonquiere, Leandro (2000). Infancia e ilusión (psico). Pedagógica. Buenos Aires: Nueva Visión.

7. de Lajonquiere, Leandro (2005). El psicoanálisis, la educación y la infancia que supimos conseguir. Violencia, medios y miedos. Buenos Aires- México: Noveducativas.

8. Dolto, Francoise (1986/1981a). Los derechos del niño. En La dificultad de vivir, tomo 2. Buenos Aires: Gedisa.

9. Dor, Joel (1991). El Padre y su función en psicoanálisis. Buenos Aires: Nueva Visión.

10. Ferenczi, Sandor (1932). Confusión de lengua entre los adultos y el niño. El lenguaje de la ternura y el de la pasión. Conferencia presentada en el XII Congreso Inernacional de Psicoanálisis.

11. Freud, Sigmund (1994). Obras Completas. Buenos Aires: Amorrortu.

12. Gerez Ambertín, Marta (1993).  Las voces del super yo. Buenos Aires: Manantial.

13. Gerez Ambertín, Marta (2004). Culpa, responsabilidad y castigo en el discurso jurídico y en el discurso psicoanalítico. Buenos Aires: Letra Viva.

14. Girard, René (1978). La violencia y lo sagrado. Barcelona: Anagrama

15. Kozicki, Enrique (2004) Hamlet, el Padre y la Ley. Bs. As.: Gorla

16. Lacan, Jacques (1978). La Familia. Barcelona: Argonauta Editores.

17. Lacan, Jacques (1992/ 1969-1970). El Reverso del Psicoanálisis. Seminario 17,  Buenos Aires: Paidós.

18. Lacan, Jacques (1992/1954-55). El Yo en la teoría de Freud. Seminario 2.  Buenos Aires: Paidós.

19. Lacan, Jacques (1997). La Ética del Psicoanálisis (1959-60). Seminario 7.  Buenos Aires: Paidós.

20. Lacan, Jacques (1961). La Identificación. Seminario 9. Versión inédita.

21. Lacan, Jacques (1964) Los Cuatro Conceptos Fundamentales del Psicoanálisis. Seminario 11. Buenos Aires: Paidós.

22. Lacan, Jacques (1993) Dos notas sobre el niño. Intervenciones y textos 2. Buenos Aires: Manantial

23. Legendre, Pierre (1989) Lecciones VIII “El crimen del cabo Lortie. Tratado sobre el padre” Siglo XXI editores, s.a de c.v., 1994

24. Marí, Enrique & otros (1987). Derecho y Psicoanálisis. Teoría de las ficciones y función dogmática. Buenos Aires: Hachette.

25. Minnicelli, Mercedes (2004). Infancias Públicas. No hay Derecho. Buenos Aires- México: Novedades Educativas

26. Roudinesco, Elisabeth (2003). La familia en desorden. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica de Argentina.

27. Zafiropoulos, Markos (2002) Lacan y las ciencias sociales. La declinación del padre (1938-1953). Bs. As: Nueva Visión.

 

 

* Este escrito es un avance de la investigación en curso correspondiente a  la tesis de doctorado  denominada “Infancia, Derechos del niño y Psicoanálisis” radicada en la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Rosario, Argentina.
**Psicoanalista
Licenciada en Psicología
Doctorando en Psicología. Facultad de Psicología Universidad Nacional de Rosario, Argentina.
Directora y Docente de la Carrera de Especialización de postgrado “Infancia e Institución(es). Psicoanálisis, discursos y prácticas en diálogos inter-disciplinares”. Facultad de Psicología. Universidad Nacional de Mar del Plata, Argentina.
Profesora Adjunta a cargo de Coordinación de residencias de pregrado en el área Psicología Jurídica.
Docente de la Maestría en Políticas Sociales (mención en Derechos del Niño). Universidad Mayor de San Simón (UMSS) – Centro de Estudios Superiores Universitarios (CESU), Cochabamba, Bolivia.
Ex Directora de la Niñez del Municipio del Partido de Gral Pueyrredón, Bs As.
Autora del libro “Infancias Públicas. No hay Derecho” Editorial Novedades Educativas, 2004 ISBN 987-538-091-1
Autora de trabajos publicados en revistas de la especialidad en ámbitos nacionales “Ensayos y Experiencias Revista de Psicología en el campo de la Educación”, “Novedades Educativas”,  en “Cuadernos de Pedagogía Rosario” e internacionales “Estilos da Clínica” USP, Brasil y, en la Revista Virtual de Psicoanálisis de niños Fort - da www.edupsi.com
Autora de capítulos de libro en “Estudios Psicoanalíticos en la Universidad I (1997) y Estudios Psicoanalíticos en la Universidad II (2001)” Edit. Homo Sapiens. Alfredo Cosimi comp.
Coordinadora de Edición del libro “Intersecciones entre clínica y escuela” Ediciones Novedades Educativas, Colección Ensayos y Experiencias, Nº 55 Año 2004.
Clínica psicoanalítica con niños, adolescentes y adultos
1 Mannoni, Octave (1997/1969) La elipse y la barra.  En La Otra escena. Claves de lo imaginario. Bs. As.: Amorrortu editores. Pp. 29-
2 Mannoni, O. Ibid. Pp 28-35
3 El concepto de niño presenta en el interior del campo epistémico del psicoanálisis freudiano. Para ampliar el tema ver Hartmann, Alicia (1993) En busca del niño en la estructura. Buenos Aires: Manantial.
4 Seguimos en este sentido la definición que le otorga Nasio. Decires puede también traducirse por “significantes”; “significantes reprimidos” “cadena de significantes reprimidos”. El dicho es algo que tiene valor de acto. Nasio, Juan David (1994). El magnífico niño del Psicoanálisis. El concepto de sujeto y objeto en la teoría de Jacques Lacan. Barcelona: Gedisa. 
5 Gerez Ambertín en “Las torpezas: el ofrecimiento sacrificial y la angusta” distingue dos acciones sacrificiales a) aquella que deja como saldo un ahorro del sacrificio y de la angustia dado por la efectividad del ofrecimiento del don al Otro deseante, por la posibilidad de implicarse subjetivamente en ese acto y, b) cuando se produce ahorro del sacrificio, y el sujeto queda hipotecado al destino cruel con el ofrecimiento de por vida de una “libra de carne” al Otro del goce. 
6 (....) experimentar significa necesariamente volver a acceder a la infancia como patria trascendental de la historia. El misterio que la infancia ha instituido para el hombre sólo puede ser efectivamente resuelto en la historia, del mismo modo que la experiencia, como infancia y patria del hombre, es algo de donde siempre está cayendo en el leguaje y en el habla.  (Agamben, 2003/1997: 74)
7 Dirá François Balmès en El nombre, la ley, la voz. Freud y Moisés: escrituras del padre 2 que La invención del Otro (A) en Lacan, “constituirá el vínculo común de aquello que en Freud se presenta como metapsicología y el conjunto formado por los enunciados el padre  (…) Este Otro surge en Lacan a partir del axioma fundador del inconsciente estructurado como un lenguaje y de una interrogación sobre la estructura que está en juego en la palabra (que dio lugar al establecimiento del esquema L.) Presupone la distinción de lo Real, lo Simbólico y lo Imaginario, puntos todos ajenos a Freud.” (1999:31)
8 Un amplio desarrollo del tema de la posición del término niño y menor en el texto jurídico ha sido realizado por Degano, Jorge (2005) Minoridad. La ficción de la rehabilitación. Prácticas judiciales actuales y la políticas de subjetivización. Rosario: Juris. Hipótesis aquí vertidas, ha sido producto del rico intercambio con el autor generándose la posibilidad de nuevos interrogantes que surgen, también, a partir de la lectura de su texto.
9 El concepto de anomia, fui introducido por Durkheim en el campo de sociología aunque sus antecedentes nos remontan a Herodoto de Alicarnaso (484-406 a.C.) quien lo usó cuando se refirió a la guerra entre griegos y persas. Hilda Eva Chamorro Greca de Prado en su trabajo “El concepto de anomia, una visión en nuestro país plantea que el concepto ha tenido un uso religioso, ya que también en la Antigüedad se incluye el concepto de anomia sobre todo, en el Antiguo Testamento. En las traducciones fue intercambiado por “hamartia”, en ambos casos para significar “pecados”. En Grecia, significó lo malo, lo perverso, la falta de orden social, la desesperación, toda forma de vicios. En 1688, Vico en su Cátedra de Ética decía “La edad de los hombres inicia su decadencia cuando los seres humanos dejan de respetar la ley, cuando la licencia descompone la igualdad y cuando la filosofía sucede a la religión”. Dirá que después de dos siglos de silencio con respecto a la anomia, aparece en el siglo XIX  con los filósofos franceses, sin connotaciones religiosas, como una expresión correspondiente a la ética. Ubicará en el debate entre el “realismo” de Durkheim y el “nominalismo” de Jean Marie Guyau y de Tarde, el nuevo uso del término, resignificado, en la monografía de Durkheim sobre El suicidio (1897). (3 de mayo de 2005, conferencia. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Argentina. En www.acader.unc.edu.ar.
Si bien somos herederos de dicho concepto, la correlación que establece Durkheim entre la disminución de la acción reguladora de la sociedad y, el aumento de tasas de suicidio equivaldría en el decir de Agamben (2003) en Estado de Excepción, a tener que admitir una necesidad de los seres humanos de ser regulados en sus actividades y en sus pasiones. “De este modo, no sólo se da por descontada la ecuación entre anomia y angustia (mientras que, como veremos, los materiales etnológicos y folclóricos parecen mostrar lo contrario), sino que además la posibilidad de que la anomia tenga una relación más íntima y compleja con el derecho y con el orden social es neutralizada de entrada” El problema de fondo es el de los efectos en la subjetividad del orden social y viceversa que, no debemos confundir con la ley en la estructura.
10 Seguimos la línea de pensamiento planteada – amén de sus difeentes puntos de vista - por Arendt, Hanna (2005/1993); Abraham, Tomás (2000); Agamben, Giorgio (2003/1997 y 2001) y (2004).
11 Lacan Jacques (1992/1978) Psicoanálisis y cibernética. El Yo en la teoría de Freud y en la técnica psicoanalítca Seminario 2 Clase del 22 de junio de 1955. Bs. As.: Paidós.
12 En banda, en nuestro caso, lo entendemos en el sentido que Agamben retoma en la secreta solidaridad entre la anomia y el derecho que sale a luz como reverso del iustitium imperial. El filósofo utiliza el término bandito, que fue traducido en la versión española como bandido. Bandito refiere a banido y a bando que el filósofo italiano ha utilizado en Homo Sacer, donde expresa:
“Sirviéndonos de una indicación de J.-L-Nancy, llamamos bando (del antiguo término germánico que designa tanto la exclusión de la comunidad como el mandato y la insignia del soberano) a esa potencia (en el sentido propio de la dynamis aristotélica), que es también siempre potencia de no pasar al acto) de la ley de mantenerse en la propia privación, de aplicarse desaplicándose. La relación de excepción es una relación de bando. El que ha sido puesto en bando no queda sencillamente fuera de la ley ni es indiferente a ésta, sino que es abandonado por ella, es decir que queda expuesto y en peligro en el umbral en que vida y derecho, interior y exterior se confunden. De él no puede decirse literalmente si está dentro o fuera del orden jurídico, por esto originariamente las locuciones italianas “in bando”, “a bandono” significan tanto a la merced de... como a voluntad propia, a discreción, libremente... y banido (“bandito”) tiene a la vez el valor de excluido, puesto en bando y el de abierto a todos, libre”. (Agamben, G, 2004:133)